jueves, 3 de julio de 2014

Laicismo en la Salud.

Nuestro sistema sanitario ¿es laico?
© DR. Xavier A. López y de la Peña.
En el terreno de la salud en México se ejerce un Guadalupanismo nacionalista operacional, contra un Juarismo republicano nominal. No tengo un mejor ejemplo que resuma, como la frase anterior, la ideología en torno a la salud en México en su relación general, y evidentemente, no laica.
El artículo 3 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de julio de 1992 (vigente al 27 de junio de 2014), fundamentada en el principio histórico duramente alcanzado de la separación entre el Estado y las iglesias, así como en la libertad de creencias religiosas especifica contundentemente que,
El estado mexicano es laico. El mismo ejercerá su autoridad sobre toda manifestación religiosa, individual o colectiva, solo en lo relativo a la observancia de la constitución, tratados internacionales ratificados por mexico y demás legislación aplicable y la tutela de derechos de terceros. El estado no podrá establecer ningún tipo de preferencia o privilegio en favor de religión alguna. Tampoco a favor o en contra de ninguna iglesia ni agrupación religiosa. Los documentos oficiales de identificación no contendrán mención sobre las creencias religiosas del individuo.
Por consecuencia, el Estado mismo debe actuar y garantizar a los ciudadanos, en sus ámbitos ejecutivo, legislativo y judicial su proceder ciento por ciento laico. Siguiendo esta línea, y aplicada al ámbito de la salud, ninguna institución del Estado que provea estos servicios, ya de orden público, social o descentralizado podrá entonces regirse y actuar bajo órdenes clericales; y debe garantizar además, el derecho de los usuarios (todo aquél que requiera y obtenga un servicio de salud) a recibir prestaciones de salud (por supuesto, laicas) oportunas y de calidad idónea y a recibir atención profesional y éticamente responsable, así como trato respetuoso y digno de los profesionales, técnicos y auxiliares, como especifica el artículo 51 de la Ley General de Salud. Con esta introducción nos podremos preguntar: ¿Cómo puede proceder el Estado en asuntos de salud de manera laica en un país que profesa la religión católica en su gran mayoría?
El reto es enorme. El engranaje articulado en torno a los problemas de salud se mantiene aceitado por la ideología religiosa. Como ejemplo, diremos que la atención a ciertos problemas de salud en México enfrentan una situación conflictiva, como con el caso de la planificación familiar y el aborto. En este último asunto, y aún cuando se acepta amplia y legalmente la no punibilidad del mismo si el embarazo fue resultado de una violación, recuérdese que el Estado (y la Iglesia católica con sus filiales) articuló cuanto pudo para evitarlo y negarlo como sucedió con el caso de Paulina, la niña ultrajada y embarazada en Baja California.
En este sentido, la Procuraduría de Derechos Humanos y Protección Ciudadana de la referida entidad federativa que analizó el asunto concluyó que: el problema central de la menor [Paulina] y sus familiares estuvo dominado por las preferencias religiosas de los funcionarios involucrados, ideas que se caracterizan por un rechazo contra toda decisión que conlleve la interrupción del embarazo, creencias respetables para esta Procuraduría, pero de naturaleza objetiva, personalísima, que no deben imponerse a quienes tienen concepciones diferentes, salvo que con ello se vulnere la libertad, intimidad y dignidad de las víctimas, valores que son parte esencial de los derechos humanos. Concluyendo que por tanto, es de considerarse que se violaron sus derechos humanos de salud, información, libertad, dignidad, intimidad, confidencialidad, legalidad, fundamentación y competencia. Sus recomendaciones enviadas al gobernador, fueron desoídas.
Temas como la eutanasia, ni hablar, generan un miedo pánico en el ambiente sanitario y el simple término ni siquiera aparece en la legislación sanitaria del país (Ley General de Salud), aunque ya se aprueba el dejar de suministrar los medicamentos o retirar aparatos que mantienen con vida artificialmente a un paciente terminal, en tanto que se desaprueba tajantemente la eutanasia activa que provoca directamente la muerte del enfermo. Los profesionales de la salud generalmente callan al respecto, y las autoridades sanitarias con mucho esfuerzo abordan la posibilidad de iniciar o seguir una discusión multidisciplinaria sobre el tema y su contextualización en el sistema legal que nos rige. Hay, no obstante, algunos esbozos de investigación sobre el asunto que revelan que casi un tercio de profesionales de la salud está de acuerdo con alguna forma de eutanasia. Este tema, como el anterior que nos muestran conflictos extremos entre la vida y la muerte, están sujetos al ordenamiento religioso que se impone en el país.
Los procedimientos de esterilización voluntaria como la salpingoclasia y la vasectomía enfrentan serios retos como métodos de control de fertilidad, basados en la oposición de la Iglesia católica hacia ellos, de manera general, y particular en toda aquella institución de este corte que llega a colocar “avisos” en su entrada que rezan: Este es un hospital católico y no se permiten las salpingoclasias. De hecho, casi todos los procedimientos relacionados con la reproducción asistida también resisten serias barreras, basadas en lo antedicho y a la falta que hace para legislar a favor del derecho a la procreación.
La ideología religiosa imperante, también se muestra intolerante para con otras ideologías en el terreno de la atención a la salud, como en el patético asunto de los Testigos de Jehová que se oponen a que se les transfunda sangre y no se les hace caso. El argumento esgrimido, cualquiera que sea, se escuda fundamentalmente en un menosprecio hacia ésta particular forma de interpretar la realidad, y que les lleva a desconocer consecuentemente la autonomía del individuo con capacidad natural y legal para decidir.
El tema de los pacientes con VIH/SIDA se ha constituido también en un ariete moralizador que condena sustancialmente las conductas sexuales “personales” de estos sujetos y justifica la enfermedad como un castigo divino a su proceder haciéndoles indignos de ser considerados y tratados médicamente, además del riesgo que representan para la propia salud del profesional sanitario, y el alto costo de la terapéutica que, al fin de cuentas no le curará. Este es otro filón en la historia y presente sanitarios en México en el que medra fuertemente la apreciación religiosa. La vida y consecuentemente la salud y la enfermedad, su generación, control y la muerte mismas, temas todos estrechamente vinculados, se niegan al control personal y se asignan fuertemente al doctrinal. Todo obedece a que en nuestro país, vamos a decirlo sintéticamente como al principio indicamos, en toda su extensión y en todos los asuntos que no sólo en el campo de la salud, se ejerce ya de manera sutil o francamente abierta un Guadalupanismo nacionalista operacional en oposición a un Juarismo republicano nominal.
¡Acéptese si es su deseo y como manda la ley, pero... –bajando luego la voz, o sólo pensándolo-, Dios nos libre de fomentarlo, permitirlo o cumplírselo como nos lo señala la otra ley!
La bioética, como herramienta dúctil de conocimiento, abre aquí una puerta para dar luz en el asunto. Pero siempre y cuando se trate de una bioética no adjetivada que reúna los diversos puntos de vista de una sociedad pluricultural y multiétnica como la nuestra, y no construida como un instrumento biomoral que se imponga como una hegemonía espiritual, apropiada para un sistema totalitario, y en absoluta contraposición con un régimen democrático que vele por el interés común dentro de un pluralismo social y cultural.
La lucha por la laicidad en el terreno de la salud, es otro frente en el que la ciudadanía que pretende vivir en una democracia participativa y liberal, apenas comienza a librar.