jueves, 5 de noviembre de 2015

Sobre Clonación

SER HUMANO CLÓNICO
Si realmente la técnica me hace soberanamente libre, si puedo hacerlo todo, entonces soy también espantosamente responsable de todo. (Jacques Ellul)
© DR Xavier A. López y de la Peña
Hace largo tiempo asistí a un Congreso de Bioética en donde se hicieron varias presentaciones y se suscitaron otras tantas polémicas sobre temas controversiales, producto de la sociedad plural en ideologías que enfrentamos en la actualidad. Sin embargo, el enriquecimiento que se obtiene en estos foros lo representa el contacto personal que se puede tener con el expositor fuera del “acartonado” y limitado espacio expositivo por razones obviamente logístico-temporales. De esta forma, directa y breve -en corto-, podemos plantearle nuestra particular inquietud relacionada con el tema tratado y él o ella nos pueden contestar de forma más personalizada su propia impresión sobre el asunto sin la presión que pueda representar el exponer sus ideas a un vasto auditorio.
De esta manera pregunté a uno de los conferencistas, abogado muy impregnado en el hacer del ordenamiento jurídico en torno a los problemas bioéticos actuales el porqué si es evidente el atraso que llevan los preceptos legales en relación a los avances tecno-científicos contemporáneos no se hacía “prospectiva legal” en este terreno (la clonación humana) para tratar de no quedar tan a la zaga en asuntos tan complejos. La pregunta -según mi percepción- parece haberle incomodado un poco por alguna razón dado el cambio que aprecié en su actitud, tono de voz y ademanes al contestarme de forma casi tajante: “la ciencia jurídica no hace futurismo sino que se basa y sustenta sólo en hechos fácticos, no se puede -abundó- legislar sobre un asunto que no se ha dado”. Le referí, en respuesta, que la clonación de un ser humano estaba a la vuelta de la esquina como un hecho pre-fáctico, si se acepta el termino, y que no veía impedimentos para diseñar prospectivamente, insistí, el andamiaje jurídico posible para conciliar este avance tecnológico con los intereses de la sociedad. No tuve respuesta probablemente porque tenía prisa, estaba cansado, se había peleado con su esposa en la mañana, porque había mucha gente a su alrededor y muchos de nosotros le “salpicábamos” con preguntas, o porque simplemente no encontró la forma de acomodar su respuesta en ése preciso momento.
El asunto de clonar - a un ser humano está a la vera del camino y mañana habrá humanos clónicos. Es una materia resultante del avance científico impulsado por la biotecnología que le sirve de ariete. El saber no tiene fronteras y luce imposible que alguien o algo pueda ponerle límite. El ser humano está a la búsqueda constante del conocimiento y no parará mientras tenga frente a sí una incógnita, por lo que podríamos preguntarnos que bueno, dado que la clonación de un ser humano es posible e inminente ¿para qué querríamos hacerlo? Posiblemente una razón que puede esgrimirse es la de que alguien pretenda perpetuarse, “fotocopiarse a sí mismo”. Sin embargo, no debemos olvidarnos de que el clon de sí mismo nunca verdaderamente será uno mismo. La carga genética será ciertamente la misma (genotipo) pero el ambiente que le impronte en su desarrollo será absolutamente diferente (fenotipo). Será físicamente el mismo pero “personalmente” será diferente. No se recreará a sí mismo sino que se duplicará en “otro” igual a él, será al fin y al cabo “otro”. Sólo se perpetuaría, en caso de seguirse clonando, su réplica física. Tendría entonces “sentido” esta reproducción clónica sólo en base a un narcisismo fútil. Otra razón para la clonación puede orientarse a obtener de la réplica física órganos o tejidos para reposición de los propios, en cuyo caso el ser humano sería tenido como un “medio” y no como un “fin”, medio para obtener un repuesto corporal y no como un fin destinatario y único del ser humano. Habría entonces que guardarle a este ser clónico en algún lugar, o conservarle de alguna manera o de cuidarle para que no se dañe sus riñones, su hígado, sus huesos, o cualquier otro tejido u órgano que interese mientras se le requiere para la obtención de su patrimonio corporal.
Puede interesar la clonación humana para “replicar” a un ser querido perdido en algún accidente o por enfermedad. Un hijo(a) por ejemplo. Este nuevo hijo clónico (de madre y sin padre) de la propia hija muerta en este caso podría en todo caso quererse y gozarse por sus padres que recién pierden a una hija; pero en tratándose de una persona adulta como un padre de 40 años, su clon sólo sería un portador genético idéntico que desde los pañales no cubriría las expectativas de “reposición” que la familia desea. Podría pensarse en realizar la clonación para “replicar” un ser humano con ciertas características físicas o mentales o ambas sobresalientes. Una forma de “réplica genética programática” que viniese a cubrir cierto tipo de necesidades sociales, culturales, económicas, etcétera, como la novela de ciencia-ficción nos ha mostrado ya de hace tiempo, y hoy se nos presenta en la puerta de la ciencia-realidad.
Puede pensarse y desearse clonar a un ser humano para evitar una enfermedad de tipo mitocondrial transmitida por la madre obteniendo por fecundación in vitro un embrión de la pareja, se transferiría luego un núcleo de una de sus células al ovocito de una mujer que no tuviese dicha enfermedad y luego el embrión así obtenido se volvería a implantar en el útero de la madre original. Así tendrían a “su propio hijo(a) sano” con excepción de la información citoplásmica proveniente del óvulo de la mujer sana. Estas y otras razones argumentales, para no abundar, hay todavía para impulsar al científico a clonar a un ser humano. Sin embargo, hay opiniones contra ello. Las voces en contrario oponen en primer termino y con fuerza el argumento religioso en el sentido de que sólo Dios da la vida y por tanto sólo Él puede quitarla o, en este caso, manipularla. El ser humano está hecho a “imagen y semejanza de Dios” y sólo Él por su divina voluntad infunde el soplo vital, anímico. Este razonamiento es “de suyo intransferible y no ofrece -como dice Ernesto Garzón Valdéz profesor de ciencia política en la Universidad de Maguncia, Alemania- otra razón que no sea la propia creencia subjetiva de que algo es o debe ser”, y por tanto -pienso yo, como otras personas- que las argumentaciones religiosas deben quedar fuera de toda discusión bioética puesto que no son sujetas de debate racional. El planteamiento a seguir, en este caso, sería considerar si el embrión o alguna de sus fases previas posee un valor moral intrínseco que subsecuentemente exija una protección a su dignidad personal. La controversia al respecto sigue. Para unos nunca podrá haber seres humanos clónicos; para otros mañana habrá seres humanos clónicos.
El atentado contra la naturaleza que representaría la clonación de seres humanos -otro argumento opositor-, ya se da en otros órdenes de la vida (ahí están la oveja Dolly y el mono Rhesus Tetra) pero la posición antropocéntrica de algunos coloca al ser humano por sobre todas las criaturas. Se entiende que en el argumento de la naturaleza, sólo esta, rige los destinos de la vida, la madre naturaleza sabe qué hacer, es sabia y defiende la identidad genética de los seres. Pero aquí, la naturaleza ni padre ni madre es sujeto de valor moral. La naturaleza simplemente es y por tanto no es ni buena ni mala. Es posible que la intervención del ser humano sobre otros seres vivos y sobre sí mismo, pueda acarrear problemas o beneficios. Sólo con su intervención lo sabrá y deberá considerar las posibilidades y controlarlas en la medida máxima posible, pero no podrá impedirse su intervención sobre la naturaleza. Tal vez propondrá una moratoria como hiciera el National Bioethics Advisory Comisión de los Estados Unidos (1997), pero no más.
Prudentemente habría que esperar un tiempo antes de clonar a un ser humano, “por lo menos, hasta que la eficiencia sea muy elevada y después de que se haya desarrollado en otras especies de mamíferos y los resultados hayan sido analizados” como señalan Rubén Lisker y Ricardo Tapia . Desde la óptica liberal, una democracia en este tono reclamaría que los miembros que le integran ejerzan su libertad racionalmente y uno de sus componentes elementales es el del consentimiento. Esta objeción a la clonación en la que de hecho ningún individuo puede consentir a priori, esto es aceptar o rechazar ser con antelación un sujeto clónico como tampoco con ningún otro método reproductivo, se subsanaría, como en cualquier otro sistema reproductivo -insistimos- en que la situación a la que llegue el ser clónico sea de alguna manera “mejor” o “más favorable” que la de sus “originadores”.
Para la “prospectiva jurídica” habría entonces que plantearse temas como el del derecho de los seres humanos a ser o no ser programados genéticamente y hasta qué punto. En el caso segundo habría entonces que dejar a la humanidad seguir el curso de la deriva genética. El derecho a ser genéticamente únicos e irrepetibles, aún cuando una “replica” sea genéticamente la misma pero personalmente diferente, y más.
Hay, también declaraciones de corte internacional que claramente se oponen a la clonación humana como la Declaración Universal de la UNESCO sobre el Genoma Humano y los Derechos Humanos (1997): “No deben permitirse las prácticas contrarias a la dignidad humana, como la clonación con fines de reproducción de seres humanos”. En el Protocolo Adicional (al Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y la Dignidad del Ser Humano con respecto a las Aplicaciones de la Biología y la Medicina (1997) por el que se Prohíbe la Clonación de Seres Humanos (1998), dice: “Se prohíbe toda intervención que tenga por finalidad crear un ser humano genéticamente idéntico a otro ser humano vivo o muerto”. La resolución de la 50ª. Sesión de la Asamblea Mundial de la Salud (1997): “Condena la clonación porque ‘es éticamente inaceptable y contraria a la integridad y la moralidad humana’. Ocho años después (2005), la Asamblea General de la ONU adoptó una nueva declaración sobre la clonación humana que pide a los Estados miembros prohibir todas las formas de duplicación que sean incompatibles con la dignidad y la protección de la vida humanas. Solicitando a los Estados miembros adoptar las medidas necesarias para impedir la aplicación de las técnicas de ingeniería genética que vayan contra la dignidad humana. Esta declaración –aprobada con 84 votos a favor, 34 en contra y 37 abstenciones- refleja las diversas opiniones que en su seno se ventilaron.
Pero en el campo específico de la clonación no reproductiva se avanza rápidamente.
Haría falta sin embargo, en todo caso, sustentar sus acciones en una conciencia de la ética de la responsabilidad convencida y justipreciar la moralidad de la clonación humana en sus vertientes reproductiva o no reproductiva y prepararse en el respectivo terreno con los ordenamientos legales. Porque -parafraseando a John Varley, autor de la obra "Ophiuchi Hotline de 1977-, obra traducida al castellano: ...mañana serán clones.