miércoles, 4 de diciembre de 2013

La acupuntura en México

Carta de naturalización.
© DR Xavier A. López y de la Peña
El enfoque cultural de la práctica médica entre oriente y occidente presenta diferencias notables, difíciles de asimilar en un primer acercamiento.
La evolución que ambas culturas han tenido ha permanecido distante por múltiples razones y quizá el representante simbólico más conocido lo figure la Gran Muralla China, el magnífico y colosal monumento que aun puede apreciarse en algunas partes y cuya construcción fue iniciada por Shih Huang-ti, fundador de la dinastía Ch’in quien reinó de 246 a 209 a. de C. para evitar las invasiones tártaras y de otros nómadas del norte. Esta muralla aisló material e ideológicamente al pujante pueblo que desarrolló su cultura entre los ríos Hoang-Ho, Yang-tse-Kiang y el Si-Kiang.
La medicina china, según la tradición, da origen a esta durante el reinado de los emperadores Fu-Hsi (ca. 2900 a. de C.) propulsor de la ideología del equilibrio en la naturaleza de las fuerzas antagónicas llamadas yang y yin; Shen Nung (ca. de 2700 a. de C.) iniciador de la medicina a base de hierbas y de la técnica que nos ocupa de la acupuntura, y Huang-ti (ca. de 2600 a. de C.), el autor del texto médico chino más antiguo que aún permanece vigente en nuestros días: el Nei Ching. Personajes destacados en la materia fueron: Bian Que, del Período de los Estados Combatientes (475-221 a. de C.) y Hua Tuo, de la dinastía Han del Este ( 220 a. de C. - 25 d. C.), considerado el primer inventor de la anestesiología en el mundo; ellos realizaron curaciones extraordinarias por lo que llevaron el sobrenombre de “médicos divinos”.
También es de recordar a Wang Weiyi, médico de la dinastía Song, quien creara dos modelos de bronce con la figura humana en la que se presentaban esculpidos, los doce canales principales y colaterales, así como los 354 puntos acupunturales, con lo que se facilitaba enormemente el estudio y la enseñanza de este milenario arte.
La acupuntura consiste, simplistamente, en la introducción de agujas en los imaginarios canales que se identifican a todo lo largo y ancho de la economía corporal llamados chin por los cuales se supone que fluyen los dos principios vitales opositores. Estas agujas contribuyen a estimular o desembarazar el paso del principio vital benéfico, o permiten que salgan las fuerzas vitales nocivas, restableciendo el equilibrio y por tanto la salud en el cuerpo. La acupuntura en nuestro medio es considerada como una medicina «alternativa», esto es, no oficial, en igualdad de circunstancias con la herbolaria, la osteopatía o la homeopatía para no abundar.
Su cada día mayor presencia en el ámbito médico heterodoxo en México obedece, como también sucede con la figura de las “otras medicinas”, al desencanto que la medicina ortodoxa genera entre un creciente número de nuestra población y varios son los razonamientos que se exponen para explicarlo. Independientemente del lugar y la importancia que puedan tener unos con otros, una de las razones radica en la creciente dependencia tecnológica que tiene la medicina ortodoxa u oficial, lo que le hace cada día más costosa y que promueve a paso creciente la inversión de la atención a los problemas de salud del paciente, entre el enfoque que se le da de “sujeto,” al de “objeto”. La burocratización de la atención a los problemas de salud constituye otro frente que decepciona al paciente quien con ello se convierte ahora en un “usuario” o “cliente” ante una organización jerárquica modulada muy rígidamente y con una visión ya gerencial de costos más que de eficiencia, y más de corte curativo que preventivo.
Por estas y muchas otras razones, la acupuntura (como las otras medicinas alternativas) gana adeptos. El enfoque que nos ofrece, también, sigue una tendencia que pretende ser holística y que parece conferirle al paciente un mayor control sobre su propio proceso de curación de una parte, contribuye a establecer una mejor comunicación y confianza entre paciente y médico, tiene un menor costo y sus riesgos parecen ser menores por la otra. Además, tiene aditivamente el atractivo de lo milenario, místico y simple (de lo novedoso, porqué no) de la activación del “principio vital” capaz de energizarnos en la lucha contra el mal (enfermedad), y de la simplificación integradora de la mente con el cuerpo al través de pequeñas agujas (que no fármacos potencialmente generadores de efectos secundarios indeseables) capaces de restablecer el equilibrio salud-enfermedad perdido.
Hoy en México, la medicina oficial u ortodoxa ha aguzado su báculo (en su acepción de término como sustantivo masculino) en símil de una aguja de acupuntura, en apoyo u alivio (en su acepción de término en sentido figurado) a las dolencias del pueblo con la expedición de la Norma Oficial Mexicana NOM-017-SSA3-2012, Regulación de servicios de salud. Para la práctica de la acupuntura humana y métodos relacionados, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de septiembre de 2012 y que con ello le confiere carta de naturalización a esta modalidad de medicina alternativa, paralela u heterodoxa.
Esta Norma define a la «acupuntura humana» al método clínico-terapéutico no medicamentoso, útil en el manejo médico, que consiste en la inserción de agujas metálicas esterilizadas de cuerpo sólido en puntos específicos, sobre la superficie del cuerpo humano y a los «puntos de acupuntura», a las pequeñas áreas específicas de la piel, distribuidas en la superficie corporal que son utilizados con fines diagnósticos y terapéuticos en acupuntura. La acupuntura humana podrá ser practicada por el profesional de la salud, que cuenta con título profesional o certificado de especialización, que hayan sido legalmente expedidos por institución de enseñanza superior o institución de salud reconocida oficialmente y la cédula profesional que corresponda, expedida por las autoridades educativas competentes, en particular: el médico especialista en acupuntura humana, el médico general y los especialistas en otras ramas de la medicina y odontología, con capacitación y experiencia en el uso y aplicación de este procedimiento terapéutico, así como el licenciado en acupuntura médica y rehabilitación integral, denominación o nivel académico homólogo, cada uno en sus respectivos ámbitos de competencia y responsabilidad profesional. El personal médico, los licenciados en acupuntura médica y rehabilitación integral, denominación o nivel académico homólogo, deberán integrar un expediente clínico de los pacientes, según corresponda; el personal técnico a que se refiere esta norma, deberá registrar en dicho documento la información relativa a su intervención en la atención del paciente, de conformidad con lo establecido en las Normas Oficiales Mexicanas, referida en los numerales 3.5 y 3.7 de esta norma. Los métodos relacionados en los que se apoya la práctica de la acupuntura humana y que pueden ser utilizados son: electroacupuntura, analgesia acupuntural, microsistemas, estimulación por láser, moxibustión, masaje tuina, electroestimulación, electrodiagnóstico acupuntural, sangría y ventosas. Los procedimientos de acutomoterapia, implantación de hilos biodegradables en puntos de acupuntura y farmacoacupuntura, serán realizados exclusivamente por personal médico acupunturista. Las personas físicas, morales, representantes legales o la persona facultada para ello, en los establecimientos para la atención médica ambulatoria y hospitalaria de los sectores público, social y privado, en los cuales se practique acupuntura humana y métodos relacionados, en su caso, podrán solicitar la evaluación de la conformidad respecto de esta norma, ante los organismos acreditados y aprobados para dicho propósito. La acupuntura no podrá emplearse como tratamiento único en aquellos padecimientos o desequilibrios homeostáticos que, por su gravedad o trascendencia, no estén demostrados sus beneficios (malformaciones congénitas y adquiridas, tumores benignos y malignos, infecciones bacterianas graves, infecciones virales; VIH, hepatitis y padecimientos que impliquen cirugía mayor), así como en aquellos que estén restringidos por otras Normas Oficiales Mexicanas, salvo en los casos de que sea utilizada como paliativo del dolor y terapéutica complementaria, para brindar una mejor calidad de vida de los pacientes con enfermedades en etapa terminal; en el caso de atención a personas con sobrepeso u obesidad, se deberán observar las disposiciones establecidas en la Norma Oficial Mexicana, referida en el numeral 3.2 de esta norma. En la práctica de la acupuntura, el profesional de la salud deberá mantener su instrumental en perfectas condiciones. Las agujas de acupuntura, agujas de tres filos, tachuelas y cualquier medio que se introduzca en el cuerpo humano -dice la Norma-, deberán estar previamente esterilizados de acuerdo con las normas oficiales mexicanas que al efecto determine la Secretaría de Salud; cada paciente tendrá su propio juego de agujas, intransferibles, conservadas en tubo de ensayo o recipiente debidamente rotulado, cuidando de no maltratar la punta de la aguja y re esterilizarlas cada vez hasta concluir el tratamiento. También se deberán utilizar testigos biológicos para el control de calidad de los ciclos de esterilización, aplicándose una vez por semana, tanto para hornos de calor seco, como para autoclaves. Además de cumplir con el mobiliario, equipo e instrumental descrito en las Normas Oficiales Mexicanas, referidas en los numerales 3.1 y 3.8 de esta norma, el equipo auxiliar y materiales para la práctica de la acupuntura humana y métodos relacionados que se pueden utilizar de manera opcional, son los siguientes: Acutomo, Balines y semillas, Electrodetector, Electroestimulador, Hilos biodegradables, Fármacos. Lámpara de rayos infrarrojos. Láser, Magnetos. Martillo de siete puntas, Moxas, Neurómetro, Ventosas.
Esta novedosa Norma sobre la práctica heterodoxa de la acupuntura en México amplía el horizonte de opciones para la atención a los problemas de salud de las personas sujetándola, sin embargo, a la responsabilidad de la ortodoxia oficial. Esperaremos las siguientes (que las habrá) Normas Oficiales Mexicanas que regulen la práctica de la homeopatía, osteopatía, quiropráctica, herbolaria, etc.

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